Resumen del Artículo cincuenta y uno

Artículo cincuenta y uno del Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) — y uno 1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria. 2. Dura quince días. 3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.

LOREGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y uno

1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria.

2. Dura quince días.

3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.

Norma publicada: 19 de junio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y uno

¿Qué dice el Artículo cincuenta y uno del LOREG?

y uno 1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria. 2. Dura quince días. 3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la…

¿El Artículo cincuenta y uno del LOREG está vigente?

El artículo cincuenta y uno del LOREG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y uno dentro del LOREG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › SECCIÓN IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y uno?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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